Protección de proteccion completa la cual le exonera el pago del deducible en caso de accidente con otro vehículo en movimiento, bicicleta, moto o personas, vuelco, colisión y fuga, colisión contra objetos fijos o animales y daños al vehículo arrendado, para que esta protección aplique EL ARRENDATARIO deberá traer las piezas afectadas a LA ARRENDADORA, requiere parte policivo. Le cubre Parabrisas delantero y trasero, vidrios laterales, Lámparas Delanteras y traseras (no chocadas), Neumáticos (Llantas) y Rines (traer llantas y rines afectados), para que esta protección aplique EL ARRENDATARIO deberá traer las piezas dañadas a LA ARRENDADORA y no requiere parte policivo. Rayas o abolladuras leves a la carrocería por contacto distinto a colisión sin parte policivo se cubrirá una mano de obra según modelo y listado de precios. Cubre solamente el primer evento por contrato. El límite de responsabilidad de LA ARRENDADORA en razón de otros vehículos o personas en base a esta protección es de hasta un máximo de cien mil balboas (B/. 100,000.00) por evento
Paquete de protección intermedio la cual le exonera el pago del deducible a EL ARRENDATARIO en caso de accidente con otro vehículo en movimiento, bicicleta, moto o personas y daños al vehículo arrendado. Para que esta protección aplique EL ARRENDATARIO deberá traer las piezas afectadas a LA ARRENDADORA y requiere parte policivo, También cubre Parabrisas delantero, Lámparas Delanteras (no chocadas), Neumáticos (Llantas) y Rines (traer llantas y rines afectados). Para que esta protección aplique EL ARRENDATARIO deberá devolver las piezas dañadas a LA ARRENDADORA y no requiere parte policivo. Cubre solamente el primer evento por contrato. El límite de responsabilidad de LA ARRENDADORA en razón de otros vehículos o personas en base a esta protección es de hasta un máximo de diez mil balboas (B/. 10,000.00) por evento. Excluye animales, objeto fijo, vuelco, colisión y fuga, rayas, abolladuras y grúas.
Paquete de Protección mínima la cual cubre Daños a otras personas, motos, bicicletas y vehículos mediante pago de deducible. Esta protección es de carácter obligatoria. El deducible por daños a otros vehículos o a otras personas deberá ser pagado totalmente al momento de la devolución del auto. EL ARRENDATARIO deberá firmar el formulario de declaración de responsabilidad y el monto total de la pérdida y/o daños indicando que se hará responsable de los daños propios al vehículo. EL ARRENDATARIO libera a LA ARRENDADORA de toda responsabilidad ulterior por los cargos realizados en estos conceptos en caso de que la tarjeta de crédito no tenga la protección total o parcial del vehículo alquilado. La devolución por concepto de deducible en el caso antes mencionado se realizará en el momento en que EL ARRENDATARIO sea declarado sin responsabilidad o exonerado mediante resolución en firme de Juzgado de Tránsito, se harán en el momento en que LA ARRENDADORA haya satisfecho previamente su crédito. El tiempo para hacer la devolución del mismo es de 60 días luego de haber sido solicitado formalmente a LA ARRENDADORA. El límite de responsabilidad de LA ARRENDADORA en razón de otros vehículos o personas en base a esta protección es de hasta un máximo de diez mil balboas (B/. 10,000.00) por evento. Excluye daños propios, objeto fijo. Esta protección requiere de parte policivo.
Comentarios recientes